Para llevar a cabo su itinerario previsto para el mandato los alcaldes no deberán dejar por fuera el Plan de Cambio Climático Huila 2050, el Plan de Ordenación Forestal, los Planes de Manejo de las Áreas Protegidas Regionales, los POMCA y los Planes de Manejo de microcuencas de su jurisdicción.
“los proyectos de Planes de Desarrollo Municipales y Departamental deben ser presentados ante la CAM, para que la autoridad ambiental del Huila emita su concepto sobre su armonización con los Planes Regional Ambientales”, expresó el director de la CAM Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena , Camilo Agudelo Perdomo, por esto la invitación por parte de esta entidad a que tanto el gobernador como alcaldes del departamento del Huila incluyan la dimensión ambiental en sus Planes de Desarrollo, con un plazo de quince días por parte de la CAM a partir de la radicación para verificar la viabilidad con los demás planes de la región.
Planes ambientales
Se debe tener en cuenta el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR, mecanismo con el objeto de que se logre sostenibilidad en la región al momento de llevar a cabo los Planes de Desarrollo, a la vez que el Plan de Cambio Climático Huila 2050, tomando acciones contra el cambio climático.
Añadió también el director “Respecto de los planes de manejo de las áreas protegidas regionales, estos, se constituyen como determinantes ambientales a ser adoptados por los municipios e incorporadas en los respectivos instrumentos de planificación” y recordando que un porcentaje no inferior al 1% de ingresos corrientes de las administraciones municipales deberá ser invertido a la adquisición y mantenimiento de áreas de importancia estratégica o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales.
Gestión del riesgo
Los alcaldes y la administración municipal deberán integrar en la planificación del desarrollo local, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo de desastres, especialmente, a través de los planes de ordenamiento territorial, de desarrollo municipal y demás instrumentos de gestión pública.
Se deberá también planificar medidas de acción preventivas y de manejo en gestión de riesgo de desastres, por medio de los planes de ordenamiento territorial, de desarrollo municipal y demás instrumentos de gestión por parte de los alcaldes, los gobernadores por su lado deberán proceder y continuar con los procesos de gestión del riesgo de desastres en su territorio, incluir en la planificación del desarrollo departamental, acciones de gestión del riesgo, por medio del plan de desarrollo departamental y demás instrumentos de planificación bajo su responsabilidad.
Además deberán tenerse en cuenta acciones estratégicas para el desarrollo regional o local a través de la ejecución de programas, proyectos y actividades que contemplan la implementación de los Planes Ordenación Manejo Cuencas Abastecedoras (POMCA) o Planes Manejo Ambiental Microcuencas-(PMAM), en materia de ordenamiento y manejo de la cuenca abastecedora del acueducto municipal y de las demás cuencas.
Programas ambientales
Por otro lado, las administraciones locales deberán designar cierto capital para llevar a cabo planes y programas ambientales como el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Plan de Gestión Integral para los residuos generados para las plantas de beneficio animal (mataderos) y Empresas Sociales del Estado Prestadoras de Servicios de Salud, el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV), el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua-PUEAA aprobado por la Corporación, el Plan de Silvicultura Urbana, implementar programas de educación ambiental y conformar los Comités Técnicos Interinstitucionales de Educación Ambiental (CIDEA).
Fuente: La Nación